En el ámbito internacional hemos representado a personas y empresas extranjeras en disputas internacionales pendientes en tribunales estatales y federales en los Estados Unidos y ante el Centro Internacional para la Resolución de Disputas. Nuestra experiencia en el ámbito internacional se ve reforzada por nuestro conocimiento y experiencia laboral dentro de los sistemas civil y de derecho común. Comprendemos las implicaciones de trabajar dentro de diferentes sistemas legales y culturales y hemos utilizado las características propias de cada sistema para beneficio de nuestros clientes en nuestra prestación de servicios jurídicos.
Litigios Internacionales y Arbitraje son dos ramas del Derecho Internacional Privado que contienen el marco dentro del cual se aplican las normas sustantivas y procesales nacionales e internacionales a las disputas entre particulares o entidades que residen o tienen su base en diferentes países o a conflictos legales que tienen un elemento extranjero, como el lugar donde ocurrieron los hechos que dieron lugar a la disputa. Las cuestiones que habitualmente se plantean en los litigios y arbitrajes internacionales incluyen la validez del servicio de proceso, la jurisdicción personal del tribunal sobre el (los) acusado (s) y la disponibilidad de obtener prueba jurisdiccional para asistir al tribunal en la determinación de su jurisdicción, el procedimiento a seguir en la recopilación de pruebas y en el reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras.
La forma en que se resuelven estas cuestiones depende de la aplicación de la ley a la controversia entre las partes. La ley aplicada a la disputa, a su vez, depende de dónde se presente la acción, si las partes tienen un acuerdo escrito con una cláusula de elección de ley y si tales acuerdos son permitidos por el tribunal del foro, o sobre las normas de conflicto de leyes del tribunal del foro.
Los litigios internacionales son procesados y defendidos en tribunales nacionales y son decididos por jueces locales que siguen los procedimientos del foro. Los arbitrajes internacionales, por otra parte, se someten voluntariamente a un arbitro o a un tribunal arbitral. La ley aplicable al convenio de arbitraje y al procedimiento arbitral puede ser o no la misma que la ley aplicable al fondo de la controversia, que a su vez puede ser diferente de la ley del foro. El arbitraje, a diferencia del litigio, es confidencial, menos formal y generalmente más expedito. El hecho de que una acción se presente ante un tribunal o ante una institución arbitral depende de si el acuerdo de las partes contiene una cláusula de arbitraje o si las partes deciden voluntariamente someter su controversia a arbitraje. La elección entre litigio y arbitraje es, por lo tanto, una que pertenece a las partes.
La mundialización y los avances en los sistemas de comunicación han facilitado el intercambio de bienes y servicios a través de las fronteras nacionales. Por lo tanto, las transacciones internacionales se han vuelto tan comunes como las transacciones domesticas. Con el aumento de las transacciones internacionales, el mundo también ha observado un aumento en litigios internacionales y arbitrajes. Las expectativas no siempre se cumplen y el litigio y/o el arbitraje pueden convertirse en los únicos mecanismos de una parte agraviada para reparar los daños sufridos. En estos casos, la parte agraviada debe consultar con un abogado, preferiblemente uno que se especializa en litigios Internacionales y arbitraje, para explorar posibles soluciones para el problema en cuestión.